La
normativa define así a los perros pertenecientes a las siguientes razas y a sus
cruces:
- Pit Bull
terrier
- Staffordshire
Bull Terrier
- American
Staffordshire Terrier
- Rottweiler
- Dogo
Argentino
- Fila
Brasileiro
- Tosa Inu
- Akita Inu
También
tiene esta consideración los animales que no pertenecen a esas razas pero si
reúnen una serie de características físicas:
- Fuerte
musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad,
vigor y resistencia.
- Marcado
carácter y gran valor.
- Pelo
corto.
- Perímetro
torácico comprendido entre 60 y 80 Cm., altura a la cruz entre 50 y 70
Cm. y peso superior a 20 Kg.
- Cabeza
voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas
musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha
y profunda.
- Cuello
ancho, musculoso y corto.
- Pecho
macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y
corto.
- Extremidades
anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy
musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.
- Finalmente,
la ley indica que pueden ser perros peligrosos aquellos animales que hayan
protagonizado ataques a animales o personas con anterioridad o que
muestren un carácter marcadamente agresivo. De certificar esta condición
se encargará un veterinario autorizado por la autoridad competente,
generalmente al ayuntamiento.
Cómo
conseguir la licencia administrativa
Es
un documento imprescindible. Lo otorga el ayuntamiento, una vez cumplidos los
siguientes requisitos:
- Ser mayor
de edad.
- Certificado
de penales que indique que no hay antecedentes de delitos contra la
propiedad, la moral, la libertad sexual, homicidio, etc.
- Disponer
de capacidad física y psicológica para poseer uno de estos
animales. La certificación se consigue en cualquier centro de
reconocimiento médico, como por ejemplo, los centros para la renovación
del carnet de conducir o permiso de armas.
- Haber
suscrito un seguro de Responsabilidad Civil por daños a terceros
por valor de 120.000 euros (Algunos ayuntamientos exigen que esta cantidad
sea mayor).
- Con la
licencia ya concedida hay que inscribir al animal en un registro municipal
creado a tal efecto. Para ello hay que llevar el microchip de
identificación y un certificado veterinario que demuestre que está en
perfecto estado de salud.
- Tramitar en tu Ayuntamiento de las Palmas de G.C. Recomendamos preguntar siempre en tu ayuntamiento la “información de tenencia de animales” previo al registro por si ha cambiado la normativa.
Medidas de seguridad
La normativa
establece también las medidas de seguridad que se deberán respetar para la
presencia de estos animales en lugares públicos:
- El dueño
debe llevar consigo una copia de la licencia administrativa y de la
inscripción en el registro de perros potencialmente peligrosos.
- Es obligatorio el uso del bozal
y correa, el perro debe ir siempre atado con correa o cadena de
menos de 2 metros, no extensible.
- No se
puede llevar más de un perro de este tipo por persona.
- Los perros
de estas características que se encuentren en parcelas, chalets, terrazas
o patios deben estar atados, a no ser que el propietario acredite ciertas
medidas de seguridad en cuanto a altura, cerramiento y superficie para
proteger a las personas, o animales que se acerquen.
- El dueño debe notificar el robo o la pérdida de su perro en el Registro municipal en un plazo de 48 horas.
Fuente: Colegio de Veterinarios Las Palmas
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